¿Es obligatorio aceptar el cargo de presidente?
La ley dice que el presidente de la comunidad es elegido entre los propietarios, pero el algunas comunidades nadie quiere serlo. Y como tiene que haber un presidente, la ley dice que, a falta de voluntarios, los vecinos serán presidentes por turnos o por sorteo. Una vez que te toca ser presidente, hay que aceptarlo. Si hubiese una razón de peso para no poder desempeñar el cargo y no se pudiese arreglar el asunto en la propia comunidad (por ejemplo que se haga cargo el siguiente vecino por turno) se puede pedir al juez que nombre a otro vecino. Hay un plazo de un mes desde el nombramiento para pedir ese relevo. A menos que en los estatutos se establezca un plazo distinto, los cargos duran un año.
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